Para poder disfrutar de la recolección de setas es preciso disponer de un permiso.

Los permisos de recolección de setas pueden ser tramitados a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuencaliente https://fuencaliente.es/index.php/sede-electronica o en mostrador en la Oficina de Turismo de Fuencaliente y su pago puede ser en metálico.

*SE RECOMIENDA PRESENTAR LA SOLICITUD ONLINE AL MENOS CON 3 DIAS DE ANTELACION

El permiso es válido únicamente para el día/días indicados en la autorización y no podrá ser utilizado en una fecha distinta al día indicado en la autorización en el caso de tratarse de permisos diarios, mientras que el tipo de permiso anual abarcará del 1 de octubre hasta el 31 de mayo por lo que caducará el 31 de dicho mes de cada año independientemente del momento en que se haya solicitado y del día de su expedición.

Deberá presentar dicha autorización a las autoridades si le fuera solicitado, para lo que podrá imprimirlo ya que deberá portarlo durante la recolección, junto a un documento acreditativo de identidad, dejando visible en el vehículo la copia emitida a tal efecto.

No se podrá recolectar setas en aquellas zonas dónde haya actividad cinegética.

La expedición del permiso se someterá al previo pago de la tasa correspondiente, en los términos previstos en la Ordenanza Fiscal reguladora de la misma y tendrán caracter nominativo e intransferible

Antes de cumplimentar el formulario según el tipo de permiso que más le convenga y que encontrará a continuación, le informamos de las tasas, kg a recolectar y las cuentas corrientes del Ayuntamiento de Fuencaliente donde se debe realizar el ingreso para adjuntar el justificante en el formulario.

Para más información, puede consultar la Ordenanza Reguladora del aprovechamiento y recogida de setas y hongos en los Montes de Fuencaliente en www.fuencaliente.es 

-Unicaja: ES13 2103 0419 1002 3730 0663

-Globalcaja: ES44 3190 2041 9120 1709 5023

 

PERMISOS Y AUTORIZACIONES

PERMISOS

RECREATIVOS

BENEFICIARIOS

DURACIÓN

KILOS

CUOTA

OTROS

R.1

Vecinos y vinculados

Anual

5 kg al día

10 euros

Derecho de acompañamiento (10 kg)

Diario

2 euros

R.2

Foráneos

Anual

5 kg al día

15 euros

Derecho de acompañamiento (10 kg)

Diario

5 euros

AUTORIZACIONES

COMERCIALES

BENEFICIARIOS

DURACIÓN

KILOS

CUOTA

OTROS

C.1

Vecinos y vinculados

Anual

Sin límite

15 euros

Sin derecho de acompañamiento

 

Diario

Sin límite

3 euros

C.2

Foráneos

Diario

Sin límite

10 euros

C.3

Compradores

Diario

 

10 euros

RUTAS MICOLÓGICAS

Organizadores

Diario

 

2 euros por participante

 

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